No tiene que preocuparse por su calendario de adquisición de derechos del plan 401(k) cuando haga una aportación a su plan 401(k). No perderá sus propias aportaciones si termina su empleo, ya sea voluntaria o involuntariamente. Pero no ocurre lo mismo cuando se trata de las aportaciones de contrapartida de su empresa.
Su derecho a estas aportaciones suele depender de la permanencia en su empresa durante un periodo de tiempo determinado. Este periodo de tiempo puede variar según la empresa, aunque está sujeto a algunas normas federales. Conocer el calendario y las normas de adquisición de derechos de su empresa puede reducir o incluso eliminar la posibilidad de perder las aportaciones de contrapartida de su empleador.
La adquisición de derechos significa que se ha ganado el derecho a mantener las aportaciones de contrapartida de su empleador a su plan de jubilación.
¿Qué es la adquisición de derechos?
La adquisición de derechos en un plan de jubilación se refiere a la propiedad de los fondos de ese plan. Usted tiene el derecho legal de conservar las aportaciones cuando adquiere las aportaciones de contrapartida de su empresa. Ha alcanzado el punto en el que puede dejar o ser despedido por su empresa pero conservar ese dinero.
Los empleados siempre son titulares del 100% de sus propias aportaciones con aplazamiento de salario a un plan de jubilación. El mismo concepto se aplica a las contribuciones SEP y SIMPLE realizadas por un empleador.
¿Qué es la adquisición inmediata de derechos?
Aproximadamente el 47% de las empresas de EE.UU. ofrecen una adquisición de derechos inmediata para las aportaciones de contrapartida, según un informe titulado «How America Saves» de Vanguard. Un empleado que adquiere inmediatamente el saldo de su cuenta es propietario del 100% de la misma desde el momento en que se realizan las aportaciones del empleador.
El empleador no puede retirarlo por ningún motivo. Usted puede realizar una aportación hoy y, aunque deje su empresa mañana, será titular del 100% de sus aportaciones y de la aportación de su empresa.
Sus aportaciones de la empresa también podrían ser titulares del 100% si su empresa utiliza una «aportación de puerto seguro». Usted sería 100% vested en esa parte de la contribución de la empresa. Otras circunstancias pueden exigir que se convierta en 100% de derechos adquiridos inmediatamente también. El dinero es todo suyo por ley si el plan termina, o cuando usted alcanza la edad de jubilación del plan.
Calendarios de adquisición de derechos
Aunque algunas empresas ofrecen la adquisición inmediata de sus contribuciones de contrapartida, es igualmente común que sus normas obliguen a los empleados a adquirir derechos de acuerdo con un calendario predeterminado. Esto evita que los empleados renuncien el viernes y se lleven el dinero de las aportaciones de contrapartida que la empresa pagó el jueves.
Hay dos tipos básicos de planes de adquisición de derechos: la adquisición gradual y la adquisición de derechos por precipitación.
El plan de adquisición gradual
Usted adquiere las aportaciones de su empleador en determinados aniversarios de su empleo con un plan de adquisición gradual, y normalmente adquiere el 100% después de cinco o seis años. Su programa puede ser más generoso que este ejemplo, pero no puede ser más estricto, gracias a la Ley de Protección de Pensiones de 2006:
- Después de un año de servicio: 0% de derechos adquiridos
- Después de dos años de servicio: 20% de derechos adquiridos
- Después de tres años de servicio: 40% de derechos adquiridos
- Después de cuatro años de servicio: 60% de derechos adquiridos
- Después de cinco años de servicio: 80% de derechos adquiridos
- Después de seis años de servicio: 100% de derechos adquiridos
Las empresas están legalmente autorizadas a esperar de dos a seis años para adquirir la totalidad de los derechos de un empleado utilizando este calendario.
El plan de adquisición de derechos en un precipicio
Un plan de adquisición de derechos en un precipicio es muy parecido a lo que parece: no se adquiere ningún derecho durante un periodo de tiempo y luego, como si se cayera por un precipicio, se adquiere todo de una vez. Esto suele ocurrir después de uno a tres años de empleo.
Este tipo de calendario obviamente favorece al empleador. De nuevo, el programa de adquisición de derechos de su empresa puede ser más generoso que éste, pero la adquisición de derechos se producirá al menos con esta rapidez:
- Después de un año de servicio: 0% de derechos
- Después de dos años de servicio: 0% de derechos
- Después de tres años de servicio: 100% de derechos
Se requiere una adquisición del 100% después de tres años completos de empleo.
Cualquier empleador puede utilizar un programa de adquisición de derechos de forma precipitada o un programa de adquisición de derechos gradual, pero no ambos.
Esté seguro, no lo sienta
Asegúrese de conocer el programa de adquisición de derechos de su empleador antes de tomar cualquier decisión profesional importante. Ahorrar para la jubilación es importante, por lo que no querrá dejar voluntariamente su trabajo justo antes de que esté a punto de adquirir una suma significativa de contribuciones de contrapartida del empleador.
Por supuesto, siempre hay excepciones, como que una oferta de trabajo muy superior esté en el horizonte inmediato, lo que hace más probable que esté mejor a largo plazo.